Repartidores de comida podrán circular hasta las 12 de la noche - N Digital
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Repartidores de comida podrán circular hasta las 12 de la noche

El Gobierno informó la noche de este jueves que los empleados o contratistas  de restaurantes que brinden servicios a domicilio podrán circular hasta las 12 de la media noche, siempre y cuando se encuentre en el ejercicio de sus funciones.

Mediante el decreto 718-20, se dio a conocer que se modifica el numeral 11 del artículo 4 del decreto 698-20, que establece el toque de queda y otras medidas restrictivas, debido a la circulación pandemia del coronavirus sobre el territorio nacional.

El pasado martes el Poder Ejecutivo emitió un nuevo toque de queda, para el Distrito Nacional y las provincias de Santo Domingo, Santiago, Duarte, La Vega y Puerto Plata, el horario será de lunes a domingo de 7:00 de la noche a las 5:00 de la mañana.

Además se permitirá el libre tránsito hasta las 9:00 de la noche, para asegurar así un tiempo prudente para que los ciudadanos puedan llegar a sus hogares.

Para el 24 y el 31 de diciembre, el horario de toque de queda será de 7:00 de la noche a 5:00 de la mañana y libre tránsito hasta la 1:00 de la mañana de los días 25 de diciembre y 01 de enero.

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